Nota de mi primer blog.

Desde el Siglo XIX, en la República Argentina, el Presidente de la Nación es nombrado "padrino" del séptimo hijo varón de una misma familia. Es un dato curioso que muchos de nosotros sabemos, pero aparentemente, en la mayoría de los casos desconocemos su origen histórico.

Esta extraña costumbre se debió a que los residentes rurales de varias provincias, varias veces sacrificaban a su séptimo hijo por el terror que les provocaba la "posibilidad" de que les hubiera nacido un lobisón, ya que según la leyenda guaraní: «del séptimo hijo varón de una prole del mismo sexo, nacería el lobisón».

Mismo caso ha ocurrido con las mujeres, donde la leyenda dice que la séptima hija mujer de una prole del mismo sexo, será una bruja, aunque ésta no tiene sus raíces en la cultura aborigen, sino en un viejo mito ruso traído por sus inmigrantes a la Argentina. Todas estas creencias, daban lugar a la marginación de algunas hijas mujeres en las familias de ascendencia rusa, bajos recursos y poca instrucción.

Los rusos, además, afirmaban que el séptimo varón sería un hombre lobo, acercándose así a la leyenda del lobisón, lo cual es muy curioso dadas las diferencias geográficas y culturales, aunque hoy no vamos a expandirnos demasiado en ello.

La idea del padrinazgo, proviene de la tradición rusa, ya que Catalina la Grande otorgaba el "padrinazgo imperial" a estos niños, lo que "les daba una protección mágica contra estos males" y evitaba que los niños fueran abandonados por sus familias o incluso sacrificados.

Otros antecedentes del beneficio pueden buscarse en la "hidalguía de bragueta" que España otorgaba al padre de siete hijos varones, permitiéndole acceder al cargo nobiliario sólo por el hecho de engendrar bajo esa condición. La idea de ello, era poblar el país, pero esto incentivó a muchas parejas jóvenes a buscar los siete hijos que los hagan acceder al cargo "cueste lo que cueste", aunque implique abandonar a sus hijas mujeres o cosas peores. No obstante, la cultura del "premio" al séptimo, es la misma.

En la Argentina, antes de que todo se volviera un asunto oficial y regulado por las leyes, tenemos el padrinazgo de Juan Manuel de Rosas, el cual era otorgado a algunos séptimos hijos de las familias de trabajadores rurales, sobre todo mestizos o mulatos, para ahuyentar el temor a que el niño se convirtiera en lobisón (derivando en este caso de las leyendas guaraníes y no de las rusas).

En 1907 Enrique Brost y Apolonia Holmann, una pareja rusa que se había radicado en Argentina, da a luz a José Brost, su séptimo hijo varón y envían una carta al Presidente José Figueroa Alcorta para que lo apadrinara en lugar del Zar Nicolás de Rusia. El presidente accedió, dando lugar al primer bautismo oficial. Allí comienza la tradición, aunque anteriormente se hubiese realizado de modo informal para prevenir el desarraigo de los niños que ostentaran la condición de séptimo hijo del mismo sexo.

En 1973, luego de haber recibido un pedido formulado por las provincia de Tucumán para incluir el padrinazgo de sexo femenino (ya que anteriormente sólo se apadrinaba a los séptimos varones), el presidente Juan Domingo Perón dió formato legal a esta costumbre a través del Decreto Presidencial nro 848, modificado en 2009 mediante el decreto 1416 de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, la cual incluye, dado su género, la posibilidad del Madrinazgo Presidencial. También agrega la posibilidad de hacer la ceremonia cuando los hijos fueran extramatrimoniales o de religión distinta a la católica, quita la obligación de "buenos conceptos morales de los padres" incluyendo un inciso de "buena conducta del ahijado" y cambiando el material de la medalla recordatoria (que anteriormente debía ser de oro y actualmente no está especificado).

Por otro lado, dados los nuevos y veloces medios de transporte, hoy en día el o la presidenta tienen que estar presentes en los bautismos por si mismos, mientras que antes podían mandar un representante a entregar la medalla durante el bautismo.

Sobre la modificación, Parrili declaró: “El decreto le quita restricciones vetustas al padrinazgo presidencial. La decisión apunta a acercarse a las familias y a lograr un mayor compromiso del presidente con su ahijado, con el objetivo de aumentar también el reconocimiento entre ambos.”

Podemos ver algunos artículos del actual decreto con todas sus modificaciones ya incluidas:


Art. 1º — Institúyese el "Padrinazgo Presidencial" para los séptimos hijos a los que corresponda, de acuerdo con las leyes vigentes, la condición de argentinos nativos.
Art. 2º — Los cónyuges, los convivientes de hecho, madre o padre de estado civil soltero, que deseen obtener el Padrinazgo/Madrinazgo Presidencial deberán reunir el requisito de tener SIETE (7) hijos varones o SIETE (7) hijas mujeres, sin que sea impedimento que, intercalados entre los siete varones, haya nacido otro hijo de sexo femenino, o entre las mujeres alguno del sexo masculino, quedando sujetos a las siguientes condiciones:
a) el padrinazgo/madrinazgo se concederá al séptimo hijo varón y/o séptima hija mujer, por orden cronológico de nacimiento;
b) el ahijado/a presidencial, en su caso, deberá ser el séptimo hijo/a en línea recta sanguínea de madre o padre indistintamente;
c) la condición de ahijado/a presidencial se perderá en caso de sentencia judicial condenatoria firme por delito penal.
En caso de reunir las condiciones, los interesados: cónyuges, convivientes de hecho, madre o padre de estado civil soltero, abuelos, tutores o curadores y/o el séptimo hijo o hija mayor de edad que no hubiere sido bautizado deberán remitir a la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION la solicitud de otorgamiento del beneficio.
Art. 3º — El Padrinazgo/Madrinazgo Presidencial será institucional y continuará la tradición que consiste en el otorgamiento de una medalla recordatoria, facultándose a la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, cuando ésta lo estime pertinente, a contribuir mediante los medios que considere necesarios al bienestar del ahijado/a.
Art. 4º — Los aspirantes a recibir el Padrinazgo/Madrinazgo Presidencial tendrán derecho al beneficio, aun cuando el bautismo religioso no fuere el católico. El/la titular del Poder Ejecutivo Nacional podrá designar al funcionario que lo/la representará en el acto religioso del bautismo. Los padres del ahijado/a podrán proponer a otra persona de su familia o allegado para su representación, sin que ello impida recibir los beneficios del Padrinazgo/Madrinazgo Presidencial.
Art. 5º — Déjase establecido que el Padrinazgo/Madrinazgo Presidencial no crea derechos ni beneficios de naturaleza alguna a favor del ahijado/a ni de sus parientes, salvo los establecidos en el marco legal de la institución del Padrinazgo/ Madrinazgo Presidencial. [...]

En el año 1974 al decreto se le suma la Ley Nacional nro 20.843, que explica un sistema de becas para los ahijados presidenciales. En sus primeros artículos dice:
Art. 1º — A partir de la promulgación de la presente ley, toda persona, cualquiera sea su edad, que haya sido apadrinada por el titular del Poder Ejecutivo, tendrá derecho a que el Estado nacional le asegure la realización gratuita de los estudios de nivel primario, secundario, universitario o especial que curse en establecimientos educativos oficiales.
Art. 2º — Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir la suma anual necesaria para el otorgamiento de las becas de estudio instituidas por el artículo anterior.
Art. 3º — El Poder Ejecutivo, al reglamentar el sistema de becas por padrinazgo presidencial, deberá contemplar la provisión de libros y útiles y todo aquello que sea inherente al alojamiento, alimentación y recreación del becario.

En los años de la crísis (2001 en adelante), se registró un atraso de más de 150 padrinazgos que desde la época del ex presidente Fernando De la Rúa no se realizaban. Los mismos fueron hechos todos por Nestor Kirchner y actualizados en el año 2004, teniendo algunos de los niños casi 12 años.

Sobre esto, Parrili declaró: "Cuando llegamos había 150 pedidos atrasados. Licitamos, compramos 200 medallas y ya estamos empezando a ponernos al día. Fue una linda herencia, aunque hubo otras más pesadas". Además, contó que para Kirchner el tema "tiene una importancia afectiva muy relevante".

Por otro lado, el Departamento de Padrinazgos Presidenciales de la Casa Rosada, explicó que "Antes los padres esperaban al presidente radical o peronista, ahora la afinidad es con la figura presidencial", por lo tanto, muchos bautismos estaban pendientes incluso antes del gobierno de la Alianza.

Hoy en día, la mayoría de los ahijados provienen de las zonas más pobres del país, con familias de muy pocos recursos. Por eso, el Departamento de Padrinazgos se convirtió en una suerte de oficina de ayuda social, donde tratan de canalizar los pedidos de toda índole de esas familias (vivienda, trabajo, alimentos, medicamentos) a instituciones u organismos que puedan ayudarlos.



Creo que eso es todo lo que puedo decirles sobre el padrinazgo presidencial. Yo también aprendí mucho escribiendo esta entrada. ¿Mis Fuentes? Hay información de Wikipedia, diarios (Clarín y La Nación), webs varias, Infoleg, etc... Espero que lo lean y lo disfruten.